El Congreso da luz verde a una reforma que prohíbe prácticas discriminatorias.
En una votación decisiva, la Cámara de Diputados aprobó por amplia mayoría la prohibición de las terapias de conversión destinadas a cambiar la orientación sexual o identidad de género de las personas LGBTQ+. Con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones, el proyecto de ley encontró un respaldo significativo, reflejando un consenso sobre la necesidad de proteger los derechos de esta comunidad.
Los principales partidos políticos, incluyendo MORENA, Partido Verde, Movimiento Ciudadano, PRI y PT, respaldaron la iniciativa, destacando su compromiso con la igualdad y la no discriminación. Sin embargo, el debate estuvo marcado por la resistencia de algunos legisladores del Partido Acción Nacional (PAN), quienes intentaron retrasar la discusión con más de 90 reservas al dictamen.
A pesar de los obstáculos, la minuta fue discutida en el pleno de la Cámara de Diputados y finalmente aprobada. La reforma implica modificaciones en el Código Penal Federal y la adición de un artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, fortaleciendo el marco legal para combatir estas prácticas discriminatorias.
Uno de los puntos de contención fue la posición de la bancada que anticipó su voto en contra, argumentando que la propuesta de ley podría criminalizar a padres, madres o tutores que buscan brindar apoyo a menores en la exploración de su identidad sexual. El diputado Éctor Jaime Ramírez Barba expresó su preocupación por lo que consideró «criminalizaciones injustas».
Contrarrestando estas perspectivas, la diputada trans de MORENA, María Clemente García, destacó el carácter violento de las terapias de conversión, que van desde la tortura psicológica hasta agresiones físicas, y subrayó la importancia de proteger a quienes son vulnerables a estas prácticas.
La reforma establece penas de dos a seis años de prisión para quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien terapias de conversión u otros tratamientos destinados a suprimir la orientación sexual o identidad de género de una persona. Las sanciones se duplican cuando las víctimas son menores de edad, personas adultas mayores o con discapacidad.
Es importante destacar que las terapias de conversión, que buscan cambiar la orientación sexual o identidad de género de las personas LGBTQ+, han sido ampliamente condenadas por organizaciones de salud y derechos humanos. Desde 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha señalado que estas prácticas carecen de justificación médica y ética, reafirmando la importancia de proteger los derechos y la dignidad de todas las personas, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
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